Dimarts, 7 de febrer del 2012
El jutjat de Primera Instància i Instrucció número 1 d’Arenys de Mar ha desestimat la demanda interposada pel Sr. Josep Manel Jiménez Gil contra ERC - Arenys de Munt. La sentència considera que: “las concretas expresiones publicadas, no representan en sí mismas una afronta al honor del demandante, ni suponen una lesión de su imagen, ya que además de no ser objetivamente injuriosas, ni supone la imputación de hecho delictivo alguno a su destinatario, no puede decirse que sean tenidas en el concepto público por afrentosas, debiendo circunscribirse en el contexto de una crítica política, dónde el margen de la libertad de expresión es más flexible, al igual que también lo es el margen de la crítica”.